ACTA DIA 22 DE ABRIL DE 2.015

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 22 DE ABRIL DE 2.015

 

SRS. ASISTENTES:

 

ALCALDE PRESIDENTE

  1. ROBERTO BLANCO PASCUAL

 

CONCEJALES

  1. RODOLFO BLANCO IRADIERD. DAVID BERZAL EZQUERRO
  2. AMADOR LEZANA MUÑOZ, se incorpora a la sesión siendo las 19,38 horas.
  3. DAVID BERZAL EZQUERRO
  4. IÑAKI FERNANDEZ MUÑOZ
  5. LUIS ANTONIO TRONCOSO ANGULO

 

NO ASISTEN

 

  1. FERNANDO HERMOSILLA MARIN

 

SECRETARIO-INTERVENTOR:

  1. VALENTIN RODRIGUEZ ORTEGA

 

En la Villa de Baños de Ebro, Territorio Histórico de Álava, a 22 de abril  de 2.015 , siendo  las 19:00  horas, previa la oportuna convocatoria, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, los Srs. Concejales anotados al margen al objeto de celebrar Sesión ordinaria en primera convocatoria.

 

Preside el acto el Sr. Alcalde  D. Roberto Blanco Pascual,  con asistencia del Secretario de la Corporación D. Valentín Rodríguez Ortega, que da fe.

 

Abierto el acto por la Presidencia, una vez comprobada la existencia de quorum suficiente, se procede seguidamente al examen y discusión de los asuntos incluidos en el Orden del Día, adoptándose en relación con los mismos, los siguientes acuerdos:

 

I.- EXAMEN Y APROBACION, SI PROCEDE DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.-

 

Visto el borrador de las actas de las sesiones  anteriores celebradas los días 11 de febrero, 24 de febrero y 26 de marzo de 2015, respectivamente,  y no habiéndose formulado observación alguna,  por los Srs. Concejales, de conformidad con lo establecido en el art. 91 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por Unanimidad, se acuerda aprobar las  mismas en sus propios términos.

 

II.- DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA.-

 

Por el Sr. Secretario se da cuenta de la correspondencia, disposiciones oficiales y de particulares recibidas desde la última sesión, de las cuales la Corporación se da por enterada:

 

1.- Escrito suscrito por el gerente de IMVESA TECH, S.L. José Miguel Santamaría, empresa que ha realizado en este municipio la instalación del alumbrado público y en el que se hace responsable sobre la anomalías que se vienen produciendo en la instalación y se comprometen a la sustitución de todos los equipos defectuosos por unos nuevos, lo cual lo harán de forma progresiva dado que ello supone un esfuerzo económico muy importante y que les obliga a realizarlo a medida que se dispongan recursos económicos para ello.

 

2.- Orden INT/673/2015, de 17 de abril, del Ministerio del Interior, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.

 

3.- Orden INT/672/2015, de 17 de abril, del Ministerio del Interior, por la que se desarrolla el artículo 2.4 del Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, por el que se adoptan medidas urgente para reparar daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015, (BOE, Núm. 93 de 18 de abril de 2015).

 

III.-DEVOLUCION DE FIANZAS.-

 

PRIMERA.-

 

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 9 de julio de enero de 2.012, acordó adjudicar definitivamente el procedimiento negociado  para contratar las obras de “CONSTRUCCION IKASTOLA DISTRIBUCION INTERIOR DE PLANTA 1ª MULTIUSOS”, a la empresa JOSE IGNACIO MARCHAL CASTRO para lo cual se constituyó una fianza definitiva de 9.968,35  euros.

 

Teniendo en cuenta que no se ha realizado Acta de Recepción de las obras pero que la 3ª certificación y final se expidió con fecha de 27 de mayo de 2013 y aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 12 de junio de 2013 y transcurrido el periodo de garantía establecido de un año procede devolver la fianza si se encuentran las obras en perfectas condiciones y sin defectos.

 

Teniendo en cuenta que en la obra no se han observado defectos.

 

El Ayuntamiento Pleno por unanimidad acuerda:

 

1.- Devolver dicha fianza a JOSE IGNACIO MARCHAL CASTRO.

 

IV.-APROBACION DE LOS PADRONES FISCALES DEL AÑO 2015.-

 

Vistos los siguientes padrones fiscales:

 

. Impuesto municipal de circulación de vehículos de tracción mecánica, año 2015, por importe de  15.290,10 euros.

 

. Tasa por utilización del servicio de recogida de basuras, año 2015 por importe de 12.060 euros.

 

El Ayuntamiento Pleno por Unanimidad acuerda:

 

1.- Aprobar dichos padrones fiscales

 

2.- Que se expongan  al público por plazo de quince días hábiles, contados desde la publicación del anuncio correspondiente en el BOTHA durante los cuales los interesados podrán examinarlos en la Secretaría del Ayuntamiento y presentar las reclamaciones que consideren oportunas; caso de no presentarse ninguna se entenderán aprobados definitivamente sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo poniéndose seguidamente al cobro en vía voluntaria, por plazo de dos meses; transcurridos los mismos los morosos incurrirán en la vía de apremio con los recargos, intereses de demora y costas correspondientes, conforme establecen los artículos 26 y 28 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, general Tributaria de Álava.

 

V.- APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO RELATIVA AL LÍMITE DEL SUELO URBANO EN LA CALLE DE LAS ERAS

 

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 11 de febrero de 2015, acordó aprobar inicialmente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Baños de Ebro relativa al límite del suelo urbano en la calle de Las Eras, suscrito por el Arquitecto F. Javier Villaverde Alonso.

 

Teniendo en cuanta que el expediente ha estado expuesto al público por plazo de un mes, a contar desde la publicación del anuncio correspondiente en el BOTHA número 24 de fecha 25 de febrero de 2015, miércoles, sin que durante el indicado  plazo se haya presentado ninguna alegación al respecto.

 

Asimismo, el anuncio se publicó en el Diario El Correo, de fecha miércoles,  de 25 de febrero de 2015.

 

En virtud de lo cual el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los 6 miembros  presentes, que supone la mayoría absoluta acuerda:

 

1.- Aprobar provisionalmente dicha modificación puntual.

 

2.- Remitir a la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, para su aprobación definitiva, cuatro ejemplares completos, debidamente  diligenciados  en formato papel, dos ejemplares en soporte informático (PDF), y copia del expediente con el índice de contenido.

 

Siendo las 19:38 horas se incorpora a la sesión Amador Lezana Muñoz.

 

 

VI.- PETICIONES PARTICULARES.-

 

1.-Vista la instancia presenta por Francisco Calvo Gutiérrez, en la que solicita una indemnización por los daños causados por la inundación que se produjo el pasado día 1 de febrero de 2015, en los sótanos de su domicilio, sito en C/ Mayor nº 1, de esta localidad, y que corresponden a desperfectos en diferentes materiales de construcción almacenados en dicho local y que ascienden a un valor de 360 euros.

 

El Ayuntamiento Pleno por unanimidad acuerda:

 

1.- Que la inundación que se le ha producido en los sótanos de su domicilio no es por responsabilidad del funcionamiento de los servicios de este Ayuntamiento, si no responsabilidad de la Confederación Hidrográfica del Ebro, pues es ella la competente en cuestiones de inundaciones por el río Ebro o sus afluentes y a ella es a la que tendrá que dirigirse, no obstante el Ministerio del Interior ha publicado en el BOE Núm. 93 de 18 de abril de 2015 las ORDENES INT/672/2015 y INT/673/2015 de 17 de abril, por la que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.

 

 

 

VII.- ACTA DE ARQUEO.-

 

Por el Secretario-Interventor se da cuenta del acta de arqueo correspondiente al mes de FEBRERO de 2015 resultando las siguientes existencias: En el presupuesto ordinario 108.441,37 euros, siendo los saldos existentes de 102.136,22 euros en Kutxabank y de 6.305.15 euros en Banco Santander Central Hispano.

 

Asimismo por el Secretario-Interventor se da cuenta del acta de arqueo correspondiente al mes de MARZO de 2015 resultando las siguientes existencias: En el presupuesto ordinario 135.642,44 euros, siendo los saldos existentes de 129.337,29 euros en Kutxabank y de 6.305,15 euros en Banco Santander Central Hispano.

 

El Ayuntamiento Pleno por unanimidad acuerda darse por enterado y conforme.

 

VIII.- MOCION PRESENTADA

 

PRIMERA.- Vista la moción presentada por el Concejal del PSOE Rodolfo Blanco Iradier que literalmente dice lo siguiente:

 

“D. Rodolfo Blanco, Portavoz del Grupo Municipal Socialistas Vascos en nombre y representación del mismo y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, presenta para su debate en Pleno la siguiente Moción en contra de la reapertura de la Central Santa María de Garoña y su apoyo a las movilizaciones sociales en contra de la misma.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

Las instituciones alavesas se han pronunciado en diversas ocasiones en relación al funcionamiento y cierre de la Central Nuclear de Santa María de Garoña.

 

De hecho, desde las Juntas Generales de Álava se ha procedido a presentar un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 102/2014, de 21 de febrero, para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos y, específicamente, contra su disposición final primera que modifica el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radioactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999 de 3 de diciembre.

La Central Nuclear de Santa María de Garoña comenzó a construirse en septiembre de 1966 y finalizó la obra en noviembre de 1970. El 2 de marzo de 1971 se incorporó al sistema eléctrico nacional. Finalmente, el 16 de diciembre de 2012 se produjo la parada del reactor y el desacoplamiento a la red eléctrica, para proceder al vaciado del combustible de la central. Esta decisión se tomó por la dirección de la empresa en base a criterios económicos tras cuarenta y dos años de actividad.

 

El 5 de julio de 2013, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo aprobó la Orden IET/1302/2013 por la que se declaraba el cese definitivo de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña, que fue publicada en el boletín Oficial del Estado número 164, de 10 de julio

 

Garoña ha llegado al cumplimiento estipulado para la vida útil de las centrales Nucleares en España. No obstante, los propietarios de la misma han solicitado una prórroga para alargar su vida útil hasta los 60 años, alegando para ello que la motivación de su cierre fue económica y no por cuestiones de seguridad.

 

Sin embargo, desde el Grupo Municipal Socialistas Vascos en el Ayuntamiento de Baños de Ebro creemos que debemos tomar postura ante las maniobras del Partido Popular para reabrir la Central Nuclear y, asimismo, para que seamos también un referente político del Territorio Histórico que, junto a la sociedad alavesa, abandere los pronunciamiento contrarios a su reapertura. Por ello, presentamos la siguiente:

 

MOCIÓN

 

  1. El Ayuntamiento de Baños de Ebro se adhiere y apoya las diversas convocatorias que reclaman el cierre definitivo de la Central Nuclear de Santa María de Garoña y, asimismo, animan a la ciudadanía alavesa a participar en las mismas.
  2. El Ayuntamiento de Baños de Ebro suscribe todas y cada una de las iniciativas aprobadas por este Ayuntamiento y las Juntas Generales de Álava , asimismo, se adhieren a todas aquellas que desde los distintos foros institucionales, políticos y jurídicos trabajen para evitar se reapertura.
  3. El Ayuntamiento de Baños de Ebro apoyan los requerimientos de las Juntas Generales de Álava para que los responsables del Consejo de Seguridad Nuclear comparezcan e informen en dicha institución sobre el procedimiento de cierre de la Central Nuclear de Santa María de Garoña.
  4. El Ayuntamiento de Baños de Ebro remitirá la presente iniciativa al Presidente el Gobierno de España, al Ministro de Industria, Energía y Turismo, a los grupos políticos del congreso de los Diputados y, finalmente, a los miembros del Consejo de Seguridad Nuclear.”

 

En virtud de lo cual se procede a la votación con el siguiente resultado:

 

El concejal del PSOE, Rodolfo Blanco Iradier y el concejal del PNV, Luis Antonio Troncoso Angulo votan a favor de su aprobación, los concejales David Berzal Ezquerro y Amador Lezana Muñoz se abstienen y el Alcalde y el concejal Iñaki Fernández Muñoz votan en contra de su aprobación.

 

Habiéndose producido un empate y persistiendo el mismo decide el voto de calidad del Alcalde que se mantiene en su postura de votar en contra y en consecuencia no se aprueba la moción presentada.

 

SEGUNDA.-

Vista la moción presentada por el Concejal del PSOE Rodolfo Blanco Iradier que literalmente dice lo siguiente:

“MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE  BAÑOS DE EBRO  SOBRE LOS AYUNTAMIENTOS AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES DEL RÍO EBRO.

 

De acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de  BAÑOS DE EBRO  desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:

 

Exposición de motivos:

 

Desde el año 2003 el desbordamiento del Río Ebro ha producido graves daños para miles de familias y para las localidades de sus riberas. Las crecidas se han repetido en 2007, 2013 y 2015 con consecuencias devastadoras para un número muy importante de economías familiares.

 

La gestión llevada a cabo por los poderes públicos de las crisis de 2013 y 2015 ha sido muy deficiente, lo que se ha hecho evidente de manera especialmente grave en las últimas semanas. No solo se ha actuado muy tarde sino que, cuando los Gobiernos Central y Autonómico, han comenzado a tomar iniciativas, estas son manifiestamente insuficientes para paliar los daños y comenzar actuaciones que eviten que situaciones como estas se vuelvan a producir.

 

Son imprescindibles actuaciones eficaces que sean capaces de responder a las catástrofes naturales como las que se vienen produciendo por el desbordamiento del Río Ebro. Lamentablemente, en esta oportunidad, asistimos a reacciones gubernamentales tardías e insuficientes y a una evidente falta de sensibilidad de los poderes públicos con las poblaciones afectadas.

 

Atender la situación de las personas y familias que han sufrido las consecuencias de la inundación del río y actuar para prevenir posibles desbordamientos debe ser una prioridad resarciendo de manera ágil y efectiva los daños en las infraestructuras, en la agricultura y la ganadería, y garantizando la protección y seguridad de los habitantes de la ribera para que su proyecto de vida no esté en permanente provisionalidad.

 

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de  BAÑOS DE EBRO  presenta para su consideración y aceptación por el Pleno Municipal la siguiente MOCIÓN en la que se insta al Gobierno de España a:

 

 

  1. Poner en marcha inmediatamente un Plan de indemnizaciones y de medidas fiscales y laborales para compensar e indemnizar por todos los daños en propiedades, cultivos y en el sector ganadero (estén o no asegurados).

 

 

  1. Activar un programa de créditos del Instituto de Crédito Oficial con un interés subvencionado, medida que no figura en el real decreto aprobado por el gobierno.

 

  1. Reparar con urgencia las infraestructuras: viarias, infraestructuras municipales, agrícolas (caminos, regadíos…)

 

  1. Revisar el protocolo de actuación ante avenidas y puesta en marcha de un canal de información eficiente ante los alcaldes y vecinos.

 

  1. Crear una comisión interministerial e interadministrativa donde estén representados todos los ministerios y gobiernos autonómicos así como una representación de los ayuntamientos afectados, que esté presidida por el Presidente del Gobierno con el objetivo de coordinar una respuesta inmediata y las medidas a poner en marcha a corto y medio plazo.

 

  1. Dotar con un presupuesto y ejecutar un plan medioambiental del Ebro cuyo grado de cumplimiento es mínimo y sobre el que existe un amplio consenso.

 

  1. Hacer efectivas las ayudas aún no materializadas, pero comprometidas para los colectivos y sectores afectados de la anualidad de 2013.”

 

 

En virtud de lo cual el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los 6 miembros presentes que supone la mayoría absoluta, acuerda:

1.- Aprobar la moción presentada.

 

 

IX.- ADJUDICACION DEFINITIVA DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS  DE MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y SOCORRISMO DE LA PISCINA MUNICIPAL TEMPORADA 2015.-

 

Al objeto de contratar los servicios de mantenimiento, limpieza y socorrismo de la piscina municipal en la actual campaña 2015, se han presentado, durante el plazo  establecido al efecto que finalizó el día 21 de Abril de 2015, inclusive, a las 13,30 horas,   las siguientes proposiciones:

 

1.-  Presentada por SOSAMANIEGO 3.0 S.C. quien se compromete, a realizar los servicios de mantenimiento, limpieza y socorrismo para toda la temporada del año 2015 en el precio de 8.000 euros IVA incluido. Aportando dos títulos de socorrista acuático y comprometiéndose igualmente a realizar el servicio del bar

 

En virtud de lo cual el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acuerda:

 

1.- Adjudicar a SOSAMANIEGO 3.0 S.C., el servicio de socorrismo, mantenimiento y limpieza de la piscina municipal, así como los servicios de control de entrada, vigilancia y custodia de las perchas del guardarropa y limpieza del edificio, accesos, aseos, duchas y servicios así como el servicio de bar municipal, todo ello por el precio de 8.000 euros  incluido el IVA para toda la temporada 2015, con la condición que deberá prestar una fianza de 500 euros para responder del contrato de servicios que en el caso de que unilateralmente esta lo rescinda, responderá con dicha fianza. El horario de la piscina será de 11 de la mañana a 9 de la tarde.

 

2.- Facultar al Alcalde para la firma del contrato correspondiente y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.

 

 

 

X.-ASUNTOS DE LA ALCALDIA.-

 

PRIMERO.- Se da cuenta de los Decretos de la Alcaldía dictados desde la última sesión, de los cuales la Corporación se dio por enterada:

 

 

“DECRETO DE LA ALCALDIA  NUMERO 2/2015.

 

Vista la instancia presentada por RAMÓN SÁENZ CORCUERA, en la que solicita licencia de actividad para elaboración, almacenamiento, crianza y embotellado de vino D.O.C. Rioja, sita en C/ Mayor, nº 12, polígono 3, parcela 230, de esta localidad, acompañando proyecto  redactado por los Ingenieros Mikel Insagurbe Davies y Jon Jausoro Sz De Cámara.

 

Teniendo en cuenta que durante el plazo de exposición al público y notificación personal a los vecinos inmediatos al lugar de emplazamiento no se han presentado alegaciones.

 

Visto el informe favorable emitido por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, Subdirección de Salud Pública y Adicciones.

 

Visto el informe favorable condicionado emitido por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, Sección de Actividad Clasificada y Residuos de la Diputación Foral de Álava

 

En virtud de lo cual  y en uso de las facultades que me confiere la Ley 3/1998 de 27 de Febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco

 

HE RESUELTO:

 

1.- Conceder licencia de actividad a RAMÓN SÁENZ CORCUERA, para Bodega de elaboración, almacenamiento, crianza y embotellado de vinos D.O.C. RIOJA, sita en C/ Mayor, nº 12, polígono 3, parcela 230, de esta localidad, con la condición de que deberá adoptar las medidas correctoras indicadas en el informe condicionado emitido por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, debiendo notificar a este Ayuntamiento cuando haya cumplimentado las medidas correctoras para que los técnicos municipales giren visita de inspección y expidan acta de comprobación favorable, y en virtud de lo cual esta Alcaldía conceder la licencia de apertura y hasta entonces no podrá iniciar la actividad de bodega.

 

2.- Con anterioridad al preceptivo informe de comprobación a realizar por el técnico municipal, el titular deberá presentar certificado de dirección de obra, redactado y firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial, en el que se haga constar que las instalaciones se ajustan al proyecto presentado y que han sido instauradas las medidas correctoras impuestas.

 

Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Roberto Blanco Pascual, en Baños de Ebro, a 2 de marzo de 2015, ante mí el Secretario que doy fe.”

 

 

 

 

 

“DECRETO DE LA ALCALDIA  NUMERO 3/2015.

 

Vista la instancia presentada por ALFREDO LEZANA, S.C., en la que solicita licencia de actividad para elaboración, crianza y embotellado de vino D.O.C. Rioja, sita en polígono 1, parcela 890-A, de esta localidad, acompañando proyecto  redactado por el Ingeniero Agrónomo, José Domingo Reinares Ruiz.

 

Teniendo en cuenta que durante el plazo de exposición al público y notificación personal a los vecinos inmediatos al lugar de emplazamiento no se han presentado alegaciones.

 

Visto el informe favorable emitido por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, Subdirección de Salud Pública y Adicciones.

 

Visto el informe favorable condicionado emitido por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, Sección de Actividad Clasificada y Residuos de la Diputación Foral de Álava

 

En virtud de lo cual  y en uso de las facultades que me confiere la Ley 3/1998 de 27 de Febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco

 

HE RESUELTO:

 

1.- Conceder licencia de actividad a ALFREDO LEZANA, S.C., para Bodega de elaboración, crianza y embotellado de vinos D.O.C. RIOJA, sita en polígono 1, parcela 890-A, de esta localidad, con la condición de que deberá adoptar las medidas correctoras indicadas en el informe condicionado emitido por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, debiendo notificar a este Ayuntamiento cuando haya cumplimentado las medidas correctoras para que los técnicos municipales giren visita de inspección y expidan acta de comprobación favorable, y en virtud de lo cual esta Alcaldía conceder la licencia de apertura y hasta entonces no podrá iniciar la actividad de bodega.

 

2.- Con anterioridad al preceptivo informe de comprobación a realizar por el técnico municipal, el titular deberá presentar certificado de dirección de obra, redactado y firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial, en el que se haga constar que las instalaciones se ajustan al proyecto presentado y que han sido instauradas las medidas correctoras impuestas.

 

Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Roberto Blanco Pascual, en Baños de Ebro, a 2 de marzo de 2015, ante mí el Secretario que doy fe.”

 

“DECRETO DE LA ALCALDIA NUMERO 4/2015

 

LICENCIAS URBANISTICAS DE OBRAS

 

Vistas las solicitudes de licencias urbanísticas de obras,  visto   el informe favorable del Arquitecto Asesor de la Cuadrilla de Laguardia,  el Alcalde, en uso  de las facultades que le confiere  el artículo 21.1 q  de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de Abril de 1985, resuelve:

 

Conceder las siguientes licencias de obras, salvo el derecho de propiedad  y sin perjuicio de terceros, debiéndose realizar en el plazo de un año a contar desde su concesión; transcurrido el cual se entenderá caducada la misma debiendo volver a solicitarla:

 

1.- A Adoración Sáenz Blanco, hormigonar parte del suelo, en el inmueble sito en C/ Las Cuevas, nº 48, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

2.- A José Martínez Ortiz de Urbina, para sacar piedra a 70 m2 de fachada, en el inmueble sito en C/ Hortal, nº 6, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

3.- A Tomas Muñoz Marín, para finalizar zona social bodega actualización de presupuesto, en el inmueble sito en C/ San Cristóbal, nº 43, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

4.- A Rosario Troncoso Hervías, para arreglar interior y cambiar ventanas, en el inmueble sito en C/ Mayor, nº 39, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

5.- A José Antonio Lezana Angulo, para cambiar puerta y ventana, retejar y pavimentar, en el inmueble sito en C/ Las Cuevas, nº 37, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

6.- A José Antonio Lezana Angulo, para sustituir placas de metacrilato y retajar y arreglar muro para igualar, en el inmueble sito en Plaza del  Ayuntamiento, nº 1, previo pago del impuesto correspondiente y conforme al informe del arquitecto municipal.

 

7.- Vista la instancia presentada por BODEGAS AMADOR GARCIA, S.L., a la que acompaña proyecto técnico suscrito por la arquitecta Jimena Ruiz De Landa relativo al final de obra y cumplimiento de las medidas correctoras de la actividad impuestas por el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava de la ampliación de actividad de bodega en la planta baja, en el inmueble sito en la Avenida Puente Río Ebro, nº 70, polígono 4 parcela 393 y 531 de Baños de Ebro.

 

Visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Luis Ignacio Hernández Mayoral.

 

En virtud de lo cual y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente he resuelto:

 

Primero.- Dar por conforme y finalizada dicha obra y conceder licencia de apertura de la actividad de ampliación de bodega, previo pago de la liquidación definitiva del impuesto de obras.

 

8.- Vista la instancia presentada por María Asunción y Elisa Berzal Fernández,  hermanas y herederas  de sus padres Luciano Berzal Fernández y María Fernández López de Vallejo,  en la que se  solicita licencia de segregación de la antigua finca rústica sita en el polígono 3 parcela 142, y que actualmente esa zona está urbanizada y  la finca en cuestión divida por la calle de Las Piscinas  y que ha dado lugar a dos fincas urbanas con referencia catastral polígono 3 parcela 411 en C/ Las Piscinas S/N y la parcela 380 del polígono 3 en C/ San Cristóbal nº 28, de esta localidad.

 

Visto el informe del Arquitecto municipal en el que hace constar que no es necesario obtener licencia para la división material de las parcelas 411 y 380 del polígono 3, ya que catastralmente están definidas como dos fincas independientes.

 

En virtud de lo cual y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente he resuelto:

 

             Se declara la innecesariedad de conceder licencia de segregación  de las citadas fincas ya que catastralmente están definidas como dos fincas independientes.       

 

Lo manda y firma el Sr. Alcalde D.  Roberto Blanco Pascual, en Baños de Ebro  a 16 de marzo de 2015, ante mí el Secretario que doy fe.”

 

SEGUNDO.- DERECHO DE ADMISIÓN EN EL HOGAR DEL JUBILADO

 

Teniendo conocimiento este Ayuntamiento de que Francisco Calvo Gutiérrez últimamente ha vuelto nuevamente a incordiar al concejal Luis Antonio Troncoso Angulo, una en el bar de Marixa del que fue despachado por la dueña y otra en el bar del Jubilado.

 

Teniendo en cuenta que el Hogar del Jubilado es un local municipal en el que debe reinar la paz y la tranquilidad para sosiego de sus ocupantes en su mayoría personas mayores por lo que no se puede tolerar que nadie vaya a armar jaleos o broncas de cualquier especie, por lo cual toda persona que vaya al Hogar del Jubilado deberá comportarse de forma educada y correcta y si no es así la encargada del bar les deberá requerir para que tengan buen comportamiento y en caso de no hacerles caso deberá expulsarlos del bar y prohibirles la entrada en próximas visitas.

 

En virtud de lo cual el Ayuntamiento Pleno acuerda:

 

  1. Comunicar a la encargada del bar del Hogar del Jubilado Pilar Angulo Hernando que debe advertir a Francisco Calvo Gutiérrez que si reincide en armar jaleos o broncas en el Hogar del Jubilado será expulsado del mismo prohibiéndole la entrada en el futuro.

 

  1. Comunicar a la encargada de bar del Hogar del Jubilado Pilar Angulo Hernando que con carácter general no debe tolerar ningún jaleo o broncas en el local y si alguien lo hace le debe de advertir que se comporte correctamente y en caso de no hacerlo deberá decirle que abandone el local, solicitando en su caso por la gravedad del caso la intervención de la Ertzaintza, teniendo en cuenta que todas las personas que armen jaleo o broncas, en el futuro se les prohibirá la entrada al Hogar del Jubilado haciendo uso del derecho de admisión.

 

TERCERA.- INCAUTACIÓN DE FIANZA A MIGUEL SAEZ BAÑUELOS

 

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 11 de febrero de 2015 requirió a Miguel Sáez Bañuelos para que pagaría a este Ayuntamiento 2.000 euros pendientes de pago, relativos al arrendamiento de la finca “EL SOTO” vendimia 2013 antes del día 20 de abril de 2015 los cuales ingreso dicho día y estando conforme en que se le incaute la fianza por otros 2.000 euros que tiene depositada en metálico en este Ayuntamiento y con lo cual queda saldada toda la deuda pendiente.

 

El Ayuntamiento Pleno por unanimidad acuerda:

 

1.- Incautar a Miguel Sáez Bañuelos la fianza de 2.000 euros para responder de la deuda del arrendamiento de la finca “EL SOTO” del año 2013, con lo cual la misma queda saldada y liquidada.

 

XI.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

 

1.- El Concejal Luis Antonio Troncoso Angulo pregunta que por que ha pagado Electra Río Antiguo S.L. la cantidad de 36.060 euros y ha quedado pendiente la cantidad de 12.020 euros del año 2015 (novena anualidad de 25).

 

Por el Alcalde se contesta que posiblemente haya pagado las anualidades del 2012, 2013 y 2014 porque tendría conocimiento de que se iba a presentar una demanda ante el Juzgado contra él, lo cual no le interesaba y le perjudicaría, y el resto de la deuda de 12.020 euros del año 2015 aunque tiene que pagarlo antes del 20 de enero de cada año normalmente lo paga a finales de año.

 

Y no teniendo más asuntos que tratar el Presidente levantó la sesión siendo las 20:40 horas del día señalado al comienzo de la presente, de todo lo cual yo el Secretario, doy fe.

 

                  Vº Bº

EL  ALCALDE,                                                         EL SECRETARIO,

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